Page 427 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Guerrillas y montoneras durante la Independencia
á la letra, sin que el poder judicial pueda interpelarlas aumentando ó dismi-
nuyendo su tenor. En el año de 821 publicó un decreto el General San Martin
ampliando la libertad á todo Esclabo que entrase en combate con el enemigo
y se distinguiese por su valor, acreditando su conducta por un Certificado
del Comandante á cuyas ordenes se hubiese puesto. En esta .virtud, todos los
Esclabos de la Ciudad conmovidos por la inmediación del enemigo en 7 de
Septiembre se alarmaron y fueron destinados en diversos lugares, segun lo
exigían las circunstancias. Retirado el enemigo lo persiguieron algunas Mon-
toneras hasta que la distancia hizo cesar los que preocupaban la Ciudad. Con
este motibo muchos esclabos se acomodaron el indulto, y ausentándose de la
Ciudad, se retiraron á otros lugares como si estubiesen declarados libres. En-
tre ellos Francisco Paniso destinado á cosina por enseñanza particular y con
grande dispendio de mi parte, exercitó su habilidad en Truxillo y en Arequipa
en la Casa del Señor General Don Juan Pardo de Zela, con cuya noticia le
escribió mi parte, y consiguio lo despidiese, y por esto regresó á esta Ciudad,
en donde mi parte procuró recogerlo en virtud de las facultades que le presta
para ello la ley.
Otros Esclabos ocurrieron á distintos Tribunales solicitando se les de-
clarase su libertad y empeñada la question con diversos respectos, se corta-
ron los pleitos de raiz por la ley de 19 de Noviembre de 825 promulgada por
las facultades Dictatoriales del Consejo de govierno y nunca alterado por el
Congreso, cuya copia corre á fojas 4; prescribiéndose una regla general que
restringe la arbitrariedad de los amos, y la exorbitancia de los Esclabos. En
ella se declara que solo pueden aspirar los Esclabos alistados en el Exercito
antes del 5 de Noviembre de 824 siempre que se mantengan en él, y también
aquellos que con documento acrediten haberse invalidado en el Exercito ú ob-
tenido licencia absoluta por autoridad competente: franqueándose á los amos
para que los puedan prender siempre que no estén comprehendidos en dicho
articulo. En esta virtud como Francisco Paniso nunca ha pertenecido á las filas
del Exercito pues si hizo algún servicio fue en clase de Montonero, procedio
mi parte á prenderlo con la autoridad que le presta la ley. Contra esto se quiere
hacer valer la especie de que Francisco según los informes de los Comandan-
tes I. Vidal, y Juan de Sarrio que corren á fojas 1 vuelta sirvió en las Guerrillas
de Montoneras, cuyos dichos se han tratado de aumentar con la información
recibida para en parte de prueba, compuesta de un Don José Maria de ligarte
que abanza al extremo de decir que vio la licencia final firmada por el General
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