Page 352 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
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Volumen 6
                                                           Expedientes de informaciones de servicios
            el Govierno Español por noticias que tuvo de la conducta de Guevara trato
            perseguirlo hasta ponerlo preso en un calaboso por haversele asegurado la
            repartición de proclamas contestaciones de los Xefes del exercito livertador. Y
            que esta es la verdad so cargo del juramento fecho en que se afirmo y ratifico
            dixo ser de edad de treinta años que no le comprenden las generales de la Ley
            y la firmo con dicho Señor Juez de que doy fee.
            Cuba (Rubricado)                    Francisco de la Torre (Rubricado)
                    Ante mi
                                                Juan Clemente Jordan (Rubricado)
                    Cuzco Agosto 29/825.
                    Por conclusa la sumaria, debuelvase al interesado para los fines que le
            conyengan.
                                                Cuba (Rubricado)
                    Ante mi
                                                Juan Clemente Jordán (Rubricado)
                    En dicho dia mes y año. Yo el Escribano hice saber el decreto anterior
            á Don José Guebara en su persona doy fee =
                                                Jordan (Rubricado)
                    Don Agustín Rocell, Teniente Coronel de Milicias Cívicas, Intendente
            del Cercado de esta Ciudad etc.
                    Certifico: Que Don José Guebara con los conociminetos que tubo de
            mi Patriotismo tubo la satisfacción de comunicarme las correspondiencias, y
            pliegos que havia recivido del Señor General Protector San Martin por cuya
            adecion el Govierno Español con noticia que tubo y por sospechoso lo puso
            preso, lo presiso á barias exacciones de ganado caballar, y bacuno y sufrió
            otras persecuciones que fueron notorias sin que ellas fuesen capaces de alterar
            su desidido Patriotismo. Todo lo que certifico en obsequio de la verdad, y de
            pedimento verbal del interesado a quien despues de la pricion que padeció, y
            en la misma clase lo llebaron con el Exercito reál con el fin que le sirviese de
            guia por el Partido de Chumbivilcas. Cuzco y Agosto veinte y nuebe de mil
            ochocientos veinte y cinco años.
                                                Agustin de Rozell (Rubricado)
                    Ante mi
                                                Juan Clemente Jordan (Rubricado)
                    Perú Independiente.
                    Abilitado para los años de 1825 y 1826: VI y VII.



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