Page 347 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Guerrillas y montoneras durante la Independencia
            Coadjutor de la Parroquia de San Matheo provincia Huarochirú, y también
            los originales que en copia sertificada se agregan al expediente de concurso
            del año veinte y cinco en que estaban incertos los dichos documentos que he
            recibido. Arequipa Diciembre 7 de 1833.
                                                José Maria Delgado (Rubricado)


                                          B.N.P. Mss. D. 11692.



                                              2,786


                    83.
                    Expediente de Don José Guevara.
                    Perú Independiente.
                    Abilitado para los años de 1825 y 1826. VI y VII.
                    Señor Juez de Derecho.
                    Don José Guevara, Administrador de Rentas Unidas de la Provincia
            de Chumbivilcas conforme á derecho ante Usted paresco y digo: Que como
            empleado del Estado soy obligado á acreditar mi patriotismo, y cinserar de
            este modo la justa obcion que, á el, he tenido como á otros en lo venidero. Para
            ello ocurro á la justificación de Vuestra Señoría, para que con citación del Se-
            ñor Sindico Procurador se sirva recibirme, sumaria de testigos que depongan
            sobre lo que les conste de positivo en mis echos patrióticos, y servicios hechos
            al sistema de Independencia: los padecimientos que por ellos he sufrido en
            el Quartel de esta Ciudad, y por ultimo digan algunos de los deponentes, si
            por, mi mano recibieron las correspondencias que les dirijió el Protector San
            Martin; y que fecho y concluso se me debuelva original para los usos que me
            convengan. Por tanto.
                    A Usted pido y suplico que habiéndome por presentado, se sirva pro-
            ver como solicito en justicia jurando lo necesario no proceder de malicia y
            para ello etc.
                    Otro si digo: Que siendo uno de los testigos de quanto llebo espuesto
            el Señor Magistrado Doctor Don Manuel Torres y Mato; se ha de serbir Usted
            dirijirle el espediente en el estado que lo hallare oportuno, para que á su con-
            tinuación certifique: pido justicia ut supra.
                    Cuzco Agosto 26/825.



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