Biblioteca del Congreso de la República "César Vallejo"

Legislación sobre Demarcación Territorial - Departamento de Moquegua


Arica / Cercado / Cercado de Tacna / Moquegua / Puquina / Tacna / Tarapacá / Tarata / Provincia Litoral de Moquegua / Departamento de Moquegua

 

NORMA DISPOSICIÓN PROMULGACIÓN PUBLICACIÓN OBSERVACIONES
Decreto Supremo s/n Arts. 1.° al 3.° [Omitidos].

Art. 4.º Se agregan á [sic] la provincia del Cercado de Arequipa la Posta de Pati, dependiente hoy del Departamento de Moquegua, y el distrito de Yura perteneciente á [sic] la provincia de Cailloma.

30/01/1866 31/01/1866  
Ley s/n Art. 1.° [Omitido].

Art. 2.° El antiguo Departamento de Moquegua se denominará en adelante "Departamento de Tacna," y la nueva provincia llevará el nombre de "Provincia Litoral de Moquegua".

25/06/1875 05/07/1875
Ley s/n  Considerando:

Que aprobado el Tratado de Paz con Chile, es urgente determinar la condicion [sic] política en que deben quedar los territorios desmembrados del Departamento de Tacna que se hallan al Norte del rio [sic] de Sama.

Que la Provincia Litoral de Moquegua, por su situación geográfica y otras circunstancias que la favorecen, está llamada á [sic] servir de centro á [sic] la agrupación de dichos territorios, elevándola á [sic] la correspondiente categoría.

Ha dado la ley siguiente:

Art.1.° Erígese en Departamento la Provincia Litoral de Moquegua, anexándole los territorios desmembrados del Departamento de Tacna que se hallan al norte del río de Sama.

Art. 2.° La capital de este nuevo Departamento será la ciudad de Moquegua.

Art. 3.° El referido Departamento se compondrá de tres provincias: la primera denominada Moquegua, cuya саpital será la ciudad del mismo nombre: la segunda Puquina, cuya capital será el pueblo de Omate; y la tercera Tarata, cuya capital será el pueblo del mismo nombre.

Art. 4.° La Provincia de Moquegua comprenderá los distritos de Moquegua, Torata, Carhumas, Ilo, Locumba é Ilabaya, cuyas capitales serán los pueblos de los mismos nombres.

La Provincia de Puquina, comprenderá los distritos de Puquina, Omate, Ubinas é Ichuña, cuyas capitales serán los pueblos de los mismos nombres.

La Provincia de Tarata comprenderá los distritos que actualmente tiene con sus mismas capitales.

01/04/1884 05/04/1884  

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