Page 377 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Guerrillas y montoneras durante la Independencia
Soria (Rubricado)
Ante mi
Francisco Grados (Rubricado)
En cumplimiento de lo mandado en el Decreto anterior certifico en
quanto puedo y há lugar que hallándose Antonio Salazar enfermo en el Hos-
pital Militar de Señora Santa Ana, lo curé de una fuerte con- tuccion en el
pecho, que de resultas de una bala que recibió en él, cayó del caballo en que se
hallaba cabalgado arrojando sangre por voca y narizes; y mediante los reme-
dios concernientes al arte que mandé aplicarle há mejorado: pero quedando
padeciendo por lunas del pecho, donde recibió el golpe; por lo que lo conci-
dero inútil, y a mas de esto sufrió una sublujacion en un pieé, de lo que há
quedado sin aquel uso libre para el movimiento, lo que le impide para algún
servicio. Y para que obre los efectos que haya lugar, doy la presente que juro
en toda forma ser cierto su contenido. Lima y Enero tres de mil ochocientos
veinte y seis.
Agustin Martínez (Rubricado)
Lima y Enero 4 de 1826.
Vista al Agente Fiscal.
[Una rúbrica]
Lima y Enero 4 de 1826.
(Al margen)
Equivocado.
[Una rúbrica]
(Testado ¡Autos y vistos: haviendo acreditado Antonio Salazar estar
comprehendido en el Decreto de diez y nueve de Noviembre del pasado año,
á lo que se agregan los relebantes servicios que constan de los informes que há
produsido, se le declara libre de la seryidumbre á que antes estaba redusido; y
en su consecuencia estiendaselé su Carta de Libertad por qualesquier Escriba-
no á mérito de este auto)
Señor Jues de Derecho.
El Agente Fiscal dice: Que el esclabo Antonio Salasar ha acreditado
con documentos suficientes haberse imvalidado en el servicio Ide las armas
de la Patria, y en su virtud se halla comprendido en el articulo 29 del Supremo
Decreto de 19 de Noviembre ultimo, y es de dictamen este Ministerio se de-
clare por libre conforme á esta justa y ve-néfica determinación del Govierno
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