| NORMA |
DISPOSICIÓN |
PROMULGACIÓN |
PUBLICACIÓN |
OBSERVACIONES |
| Ley s/n |
Artículo único.- El Pueblo de Chorrillos en la provincia de Lima, se denominará "Villa". |
01/08/1856 |
02/08/1856 |
|
| Decreto s/n |
Art. 1.° Se extiende [sic] los límites de la provincia de Lima por la quebrada del Rímac hasta la confluencia del rio [sic] de Santa Eulalia, y por la de Lurín, hasta el pueblo de Sisicaya inclusive. |
28/03/1866 |
04/04/1866 |
|
| Ley s/n |
Art. 1.° Créase en la provincia de Lima un nuevo distrito del Barranco.Art. 2.° La capital de dicho distrito será el pueblo conocido con el nombre de "Ermita del Barranco" y se compondrá de los pagos ó [sic] barrios accesorios y de los fundos inmediatos, denominados Talama, Condesa, Ollería, Tejada, Larrion y Pacayar, teniendo por límites al norte la quebrada honda de Almendáris en Miraflores y al sur la chacra del Cuadrado. |
26/10/1874 |
03/11/1874 |
|
| Ley s/n |
Art. 1.° Créase en la provincia de Lima un nuevo distrito denominado "Ancon" [sic], comprendido entre los cerros de este nombre y el mar.
Art. 2.° La costa del nuevo distrito se extiende por el norte hasta la punta de Toma y Calla, y por el sur hasta la Punta Gorda, que al mismo tiempo es lindero con las tierras denominadas "El Marqués". Al oeste tiene la pampa de "Mata caballos", que termina en "Piedras Gordas".
|
29/10/1874 |
03/11/1874 |
|
| Ley s/n |
Art. 1.° Los distritos de Surco y Barranco formarán en lo sucesivo uno sólo, bajo la denominación de "San José de Surco", que se compondrá de todos los territorios ó [sic] pagos que se riegan por las tomas de "Canuco Nuevo", "Las Panas" y "Talana", situadas en el rio [sic] Surco.
Art. 2.° Elévese á [sic] la categoría de villa al pueblo del Barranco, que será la capital del distrito de San José de Surco.
|
19/10/1893 |
24/10/1893 |
|
| Ley s/n |
Artículo único.- Extiéndese el Distrito de Lurigancho, de la Provincia de Lima, por la márgen derecha del río Rímac, hasta los límites de la hacienda de Mollepampa, con la Provincia de Huarochirí, trasladándose la capital del distrito a la población que se levanta en Mollepampa, con el nombre de Nueva Chosica. |
09/11/1896 |
10/12/1896 |
|
| Ley s/n |
Artículo único.- Elévese al rango de ciudad la Villa de Chorrillos; y al de Villa los pueblos de Ancón, Barranco y Miraflores, de la Provincia de Lima, en el Departamento del mismo nombre. |
25/09/1901 |
5/10/1901 |
|
| Ley s/n |
Artículo único.- Elévese á [sic] la categoría de ciudad la villa del Barranco de la provincia de Lima. |
30/10/1901 |
28/11/1901 |
|
| Ley s/n |
Artículo único.- Elévese á [sic] la categoría de ciudad la villa de Miraflores, de la provincia de Lima. |
04/09/1911 |
07/09/1911 |
|