Page 444 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
P. 444

Volumen 6
                                                           Expedientes de informaciones de servicios


                                              2,796


                    (Al margen)
                    Testamento. El Doctor Don Gavino Uribe.
                    En Lima noviembre veinte de mil ochocientos sesenta y tres. A las
            doce y media del día me constituí en la casa numero noventa y seis de la Calle
            de Junin cuadra cuarta, ante Zarate: y en una de sus habitaciones, el Señor
            Doctor Don Gavino Urive, Canónigo Doctoral de esta Santa Iglesia Metro-
            politana, Doctor de la Universidad de San Marcos, y Abogado del Ilustre Co-
            lejio de Abogados, natural del Pueblo de Aija Provincia de Huaraz, mayor de
            ochenta y dos años, que profesa la Religión Católica Apostólica Romana, bajo
            de cuya fé y creencia protesta vivir y morir como Católico y fiel Cristiano,
            hallándose enfermo en cama, pero en su entero juicio y capacidad; y presentes
            como testigos los vecinos Don Martin Abello, Don Manuel Landeras y Don
            Miguel Menacho, dijo: que deseaba otorgar su testamento ultima y final dis-
            posición, lo que verifica en los términos y bajo de las clausulas siguientes
                    Primeramente dice que encomienda su alma al Ser Supremo que lo
            crió de la nada, y deja el cuerpo a la tierra de que lo formó para que hecho
            cadaver sea Amortajado con el hábito Seráfico y sepultado en el Sementerio
            jeneral despues del funeral que determinen sus Albaceas.
                    2°—Iten dice que deja á la Beneficencia la Cuota señalada por leyes
            especiales, para su aplicación
                    3°—Iten dice que es hijo lejitimo del Señor Don Pedro Celestino Uri-
            ve, y de la Señora Doña Martina Antunes, finados
                    4°—Iten dice que deja por sus bienes los siguientes= Los que constan
            de la escritura de cesión y donacion que otorgó ante el Escribano de la Pro-
            vincia de Huaraz, cuya escritura queda subsistente, con la condición de que
            los actuales poseedores sus sobrinos, Don Juan Bayona y Ludgardo, Gregoria
            y Manuel Bayona, tendrán la obligación de poner todos los años diez cargas
            de maiz que sacaran de los productos de la Hacienda de Huambo, en el pueblo
            de Aija, para que se repartan á los pobres, como se ha acostumbrado, de cuya
            exactitud queda encargado Angel Altunes= En cuanto a las haciendas de Con-
            gon, Livin grande y Livin chico, que estaba dispuesto ante el escribano Don
            Eduardo Figueroa en Huaraz, revoco y anulo esa donacion, y dá por cancelada
            dicha escritura; quedando asi mismo anulada la escritura publica por la que



                                               443
   439   440   441   442   443   444   445   446   447   448   449