Page 445 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Guerrillas y montoneras durante la Independencia
            destinaba dichas haciendas de Livin Chico y Livin grande, para el estableci-
            miento de una escuela=
                    5°—Iten; dice que la hacienda nombrada Congon sita en el distrito de
            Huarmey, Provincia de Santa, se la deja a Don Rufino Moreno para que la goze
            y posea con la bendicion de Dios y de la del otorgante, como cosa propia=
                    6°—Iten dice que las haciendas nombradas Livin grande y Livin Chi-
            co, quedan á disposición de Don José Rufino Moreno, para que cumpla con las
            instrucciones pribadas que le comunicará=
                    7°—Iten dice que Don Antonio Barrera, hacendado de Casma le debe
            por documento particular reconocido, tres mil quinientos pesos y sus intere-
            ses hasta el día y manda se le cobren; procedente del valor de la hacienda de
            Sechin que le vendió=
                    8°—Iten dice, que Don Manuel Baca, hacendado de Nepeña le debe
            cinco mil pesos por escritura publica y sus intereses, procedente del valor de
            la Hacienda nombrada la Capellanía que le vendió y ordena se le cobre=
                    9°— Iten dice que es su voluntad que un callejon de cuarenta cuartos
            de alquiler que posee por cesion y donacion que le hizo la Señora Doña Ma-
            nuela Negron, por ante el escribano Don Ignacio Ayllon Salazar, el año treinta
            y tres; aun antes de cumplirse el año del Albaceazgo, sus Albaceas haran eva-
            cuarlo por sus inquilinos, y repartirán sus habitaciones á mujeres viudas ó
            solteras prefiriendo á aquellas que tengan hijos menores, y cuya mendicidad
            sea notoria, cuidando los albaceas, el buen comportamiento y moralidad que
            deban observar, y por cuya ocupacion no se les exijirá arriendo ninguno: y
            nombra por Director de este establecimiento de piedad, á los Deanes que fue-
            ren de esta Santa Iglesia, quienes en conciencia repartirán las habitaciones á
            gentes verdaderamente menesterosas, y asi mismo cuidaran de conservarlo,
            con personas que no desmoralicen la Sociedad y se sujeten a una vida mode-
            rada y virtuosa= Siguiendo en el encargo, el Oficio y no la persona =
                    10°— Iten dice: que en el callejon mencionado en la clausula anterior,
            deja reservadas cinco viviendas que producen treinta pesos, que serviran para
            mantencion (Testado: Reyes) de Buenabentura Reyes; cuyos cinco cuartos
            serán los primeros, del uno al cinco, recibiendo y cobrando personalmente
            dichos arriendos durante sus dias, y muerta la beneficiada, entraran á la Casa
            de Piedad de que forman parte =
                    11°— Iten dice que deja una tienda que gana once pesos contigua al
            Callejon, y la chingana tambien contigua que gana treinta y dos pesos, quedan



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