Biblioteca del Congreso de la República "César Vallejo"

Legislación sobre Demarcación Territorial - Bongará


Bagua / Bongará / Chachapoyas / Condorcanqui / Luya / Rodríguez de Mendoza / Utcubamba

 

NORMA DISPOSICIÓN PROMULGACIÓN PUBLICACIÓN OBSERVACIONES
Ley 7877 Artículos 1°. al 6°.- [Omitidos].

Artículo 7°.- Créase en la provincia de Bangará [sic] el distrito de Valera, que tendrá como capital el pueblo de San Pablo, que tomará el nombre de Valera y que se compondrá de los caseríos siguientes: antiguo caserío de San Pablo, Coca, Juaysaticrana y Santa Cruz.

Artículo 8°.- Los límites del distrito de Valera estarán formados por los limites de los caseríos que lo constituyen.

Artículo 9°.- Créase en la provincia de Bongará el distrito de Florida, que tendrá por capital el pueblo de Pomacocha, que tomará el nombre de Florida y que se compondrá de los caseríos Montalván y Tazán y del antiguo caserío de Pomacocha.

Artículo 10°.- Los límites del distrito de Florida estarán formados por los límites de los caseríos que lointegran.

Artículos 11°. al 14°.- [Omitidos].

03/11/1933 19/01/1934
Ley 9364 Artículo 1°.- Créase en el departamento de Amazonas la provincia de Bagua, la que se compondrá de los distritos de: Copallín y La Peca, de la provincia de Bongará; y de los distritos de Bagua Grande, Jamalca, Yanón y Lonya Grande de la provincia de Luya.

Artículos. 2° al 6° [Omitidos].

01/09/1941 03/09/1941
Ley 10004 Creando el distrito de Quispes en Bongará. 11/11/1944 08/12/1944
Ley 10150 Creando el distrito de Churuja. 30/12/1944 07/06/1945
Ley 10632 Creación de distritos en la provincia de Bongará. 20/07/1946 16/08/1946
Decreto Ley 22901 El gobierno crea el distrito de Jazán. 26/02/1980 27/02/1980

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