| NORMA |
DISPOSICIÓN |
PROMULGACIÓN |
PUBLICACIÓN |
OBSERVACIONES |
| Ley s/n |
Art. 1.° Se erije una nueva provincia denominada "Convención", compuesta de los Valles de Santa Ana, Ocobamba, Mosocc-Laccta y Lares, pertenecientes á [sic] las provincias de Urubamba y de Calca, en el departamento del Cuzco. |
25/07/1857 |
01/08/1857 |
|
| Ley s/n |
Incorpórese á [sic] la provincia de Calca el distrito de Lares, que antes estaba comprendido en ella y que fue despues [sic] agregada a la de la Convención. |
22/05/1861 |
29/05/1861 |
|
| Decreto Supremo s/n |
Art. único. En el departamento del Cuzco se hacen las modificaciones siguientes:
Primera. Se agrega á [sic] la provincia de Calca el distrito de Caicai, perteneciente á [sic] la de Paucartambo y
Segunda [Omitida].
|
02/06/1866 |
02/06/1866 |
|
| Decreto Supremo s/n |
Arts. 1.° y 2.° [Omitidos].
Art. 3.° En el departamento del Cuzco se hacen las modificaciones siguientes:
1a. al 3a. [Omitidas].
4a. Se agrega al distrito de Lares de la Provincia de Calca el pueblo de Amparaes, perteneciente al distrito del mismo nombre en la Provincia de Paucartambo. Al primer distrito de esta última Provincia, el pueblo de Challabamba perteneciente al citado distrito de Amparaes. Al distrito de Pisac de la Provincia de Calca, las parcialidades de Cuyo-grande y Cuyo-chico, pertenecientes al distrito de Colquepata de la provincia de Paucartambo.
5a. [Omitida].
6a. En compensación de esta pérdida de territorio, se agregan á [sic] la provincia de Quispicanchi, en la cual formarán un distrito separado, los pueblos de Caicay y Huasac, pertenecientes a la provincia de Calca, debiendo ser la capital el primero de dichos pueblos.
7a. Se agrega, en fin, á [sic] la Provincia de Urubamba el distrito de Chincheros, perteneciente á [sic] la de Calca del mismo departamento.
|
29/01/1867 |
31/01/1867 |
|
| Ley s/n |
Artículo único.- Las parcialidades de Cuyo Grande y Cuyo Chico formarán parte, en adelante, del Distrito de Pisacc, de la provincia de Calca; quedando por consiguiente separadas de la Provincia de Paucartambo, á [sic] la que han pertenecido. |
23/10/1896 |
10/11/1896 |
|
| Ley s/n |
Artículo único- Elévase á [sic] la categoría de ciudad, la villa de Calca, capital de la provincia de su nombre, en el Departamento del Cuzco. |
19/09/1898 |
13/10/1898 |
|