Page 65 - Reglamento del Congreso
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                      denunciante  para  que  en  el  plazo  no  mayor  de  tres  (3)  días  hábiles
                      subsane  las  omisiones  a  que  hubiere  lugar.  Si  en  dicho  plazo,  el
                      denunciante no llega a subsanar las referidas omisiones, la denuncia se
                      enviará al archivo, dejando a salvo su derecho.

                      Las  denuncias  constitucionales  por  delitos  de  acción  privada  son
                      declaradas inadmisibles de plano.

                      Los informes que contengan la calificación positiva de admisibilidad y
                      procedencia  de  una  denuncia  constitucional,  deberán  indicar
                      además,  si  es  que  así  lo  estima  pertinente,  sobre  la  posibilidad  de
                      acumulación  con  alguna  denuncia  que  se  encuentre  en  estado  de
                      investigación.

                      Los  Congresistas  que  integran  la  Subcomisión  de  Acusaciones
                      Constitucionales       están     impedidos        de     presentar      denuncias
                      constitucionales.

                  f)  La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales presentará su informe
                       de  calificación  a  la  Presidencia  de  la  Comisión  Permanente.  Ésta
                       aprobará, sobre la base del informe de calificación y con la mayoría
                       de sus miembros presentes, el plazo dentro del cual la Subcomisión de
                       Acusaciones Constitucionales realizará la investigación y presentará su
                       informe,  el  cual  no  podrá  ser  mayor  de  quince  (15)  días  hábiles,
                       prorrogable por el término que disponga la Comisión Permanente por
                       una sola vez. Excepcionalmente, se podrá fijar un plazo mayor cuando
                       el proceso a investigarse sea susceptible de acumulación con otra u
                       otras denuncias constitucionales.

                       El  plazo  antes  referido  se  computa  a  partir  del  día  siguiente  de  la
                       sesión  en  la  que  el  pleno  de  la  Subcomisión  de  Acusaciones
                       Constitucionales  toma  conocimiento  de  la  notificación  del  plazo
                       acordado por la Comisión Permanente.

                       La  Subcomisión  de  Acusaciones  Constitucionales  realiza  su  función
                       conforme al siguiente procedimiento:

                      d.1  La denuncia es notificada al denunciado por el Presidente de la
                            Subcomisión dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la toma
                            de  conocimiento,  por  parte  del  pleno  de  la  Subcomisión  de
                            Acusaciones Constitucionales, del plazo aprobado para realizar su
                            investigación.  A  la  notificación  se  adjuntan  los  anexos
                            correspondientes y se otorga al denunciado un plazo de cinco (5)
                            días  hábiles  para  formular  su  descargo  por  escrito  y  presentar  u
                            ofrecer  los  medios  indiciarios  y/o  probatorios  que  considere
                            necesarios.

                            En caso de que el denunciado no tenga domicilio conocido o se
                            encuentre  fuera  del  país,  se  le  notifica,  adjuntando  un  breve
                            resumen de la denuncia a través del Diario Oficial El Peruano, en
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