Aportes de la Academia Peruana de Salud

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CAPITULO / TEMA

PROPUESTA

 

Derecho a la salud

La persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todas tienen la obligación de respetarla, cuidarla y protegerla.

 

Derecho ala s alud

Todas las personas, familias y comunidades, sin discriminación, tienen derecho a un nivel de vida saludable, al cuidado integral de la salud, a través de políticas públicas de Estado y acciones intersectoriales para condicionar el Estado de salud.

 

Derecho a la salud

El cuidado integral de la salud es un proceso descentralizado y participativo que se actualiza a través del diálogo nacional, constituyendo base fundamental, la devolución de las responsabilidades primarias a las personas.

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Derecho a la seguridad social

La seguridad social es un derecho fundamental. Es instrumento esencial de la política social del Estado, para aliviar y evitar la pobreza.

 

Derecho a la seguridad social

Es función del Estado, facilitar, promover y extender la cobertura de la seguridad social hasta lograr la universalización. La seguridad social deberá integrar el cuidado de la salud y las prestaciones que proporcionen seguridad de familiares.

Ingresa en caso de enfermedad, maternidad, vejez, invalidez, desempleo, muerte, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

 

Derecho a la seguridad social

El Estado garantiza la total autonomía de las instituciones de seguridad social, los que tienen responsabilidad, irrenunciable del acceso y regulación de su funcionamiento, reafirmando los principios de universalidad, solidaridad, seguridad e integralidad.

 

Derecho a la seguridad social

El patrimonio, los fondos y reservas de las instituciones de seguridad social, no podrán ser destinadas a fines diferentes a las consignadas en su norma de creación.

 

Derecho a la seguridad social

La prestaciones del cuidado integral de salud a cargo de las instituciones de seguridad social se regirán de acuerdo a la norma impartida por el Ministerio de salud.