Aportes de la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos y Amazónicos

 

  • La Nación Peruana es pluricultural, pluriétnica y multilingüe, constituida sobre la base de la diversidad de los pueblos que lo conforman. El Estado Peruano es único e indivisible.
  • El Estado Peruano reconoce la existencia de los Pueblos Indígenas, comunidades y Poblaciones Afro peruanas como personas jurídicas, definidas en la Constitución.

  • El Estado Peruano garantiza el pleno ejercicio de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas y Poblaciones Afro peruanas y a una identidad propia, espiritualidad, cosmovisión y control de su patrimonio cultural. Son idiomas oficiales el castellano, el quechua, el aymara y demás idiomas ancestrales.

  • Territorio.-Propiedad de los territorios que ocupan y de los recursos naturales tradicionalmente utilizados en sus actividades, en armonía con su preservación y adecuado uso. Tienen autonomía en el control, uso racional y administración de los recursos naturales existentes al interior de los mismos. El territorio y las tierras de los Pueblos Indígenas son inalienables, imprescriptibles e inembargable.

  • Minería e hidrocarburos.- los recursos mineros e hidrocarburos, en tierras y territorios indígenas, podrán ser explotados previa consulta y acuerdo, entre ellos, las empresas y el Estado (...) donde se encuentran los recursos explotados, recibirán en aplicación del principio de equidad, una participación del 50% del canon que corresponda pagar.

  • Derecho a la educación indígena bilingüe.- El sistema educativo nacional es intercultural. El Estado promoverá centros de información descentralizados en comunidades indígenas estratégicas , con el propósito de permitir educación a nivel superior a alumnos de los Pueblos Indígenas .Asimismo , establecerá un programa de becas .

  • Autonomía .- Derecho a la definición y ejercicio de sus propias instituciones de gobierno interno, a la jurisdicción y a la participación política de los organismos del Estado y la consulta previa de cualquier acto legal o administrativo que los afecte en concordancia con la legislación nacional.

  • Participación Política .- Diez por ciento de congresistas serán elegidos por circunscripción nacional especial . Estos serán elegidos por los Pueblos
  • Municipalidades indígenas.- es derecho de los Pueblos Indígenas crear municipalidades indígenas en los territorios que habitan, cuando lo soliciten justificadamente, en forma asociada.

  • Los Pueblos Indígenas en aislamiento voluntario son representados por las organizaciones indígenas locales o respectivas.

  • El Estado proveerá el marco institucional administrativo y presupuestal adecuado, para cumplir con sus obligaciones frente a los pueblos vía la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos y Amazónicos.