Aportes del Programa de Maestría en Derecho, con mención en Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica de Lima

"Reforma de la Constitución Económica: desde una perspectiva del estado social de derecho"

Coordinador: Dr. César Landa Arroyo

 

ART

CAPITULO / TEMA

PROPUESTA


Riqueza

Propone Artículo con la siguiente redacción:

La riqueza debe estar siempre subordinada al interés social, y el ejercicio del cualquier actividad económica no debe ser lesivo a los derechos fundamentales.

En el proceso de creación de la riqueza, tanto la persona como su trabajo e iniciativa deben tener un rol preeminente.

 

Rol del Estado

Propone Artículo con la siguiente redacción:

La intervención del Estado en la economía debe estar debidamente delimitada como garantía esencial para todos las personas y los agentes económicos en especial. Sin embargo, ello no debe interpretarse como ausencia o renuncia a actuar, mas debe priorizar su actuación, promoviendo el desarrollo económico regulando la actuación de los agentes, y buscando nivelar positivamente las desigualdades, haciendo posible el logro de un nivel aceptable de vida para los menos privilegiados, con el objeto que puedan gozar de los beneficios de una sociedad moderna.

 

Cooperación Internacional

Propone Artículo con la siguiente redacción:

El Estado debe promover la cooperación entre los pueblos para alcanzar un orden económico internacional justo.

 

Economía Social de mercado

Propone Artículo con la siguiente redacción:

La iniciativa privada es libre y se ejerce en una economía social de mercado que es un sistema que funciona según las reglas del mercado, en el cual el Estado interviene para complementar su funcionamiento y ofrecer seguridades sociales mínimas.

 

Derechos y rol subsidiario del Estado

Propone Artículo con la siguiente redacción:

Los derechos a la propiedad privada, a la libertad de empresa, a la libertad de contratación y al trabajo, así como el respeto a los consumidores y usuarios, deben ser los cimientos fundamentales sobre los que se construye un sistema económico moderno y equitativo, en el cual el Estado tiene un rol subsidiario.

 

Libertad de empresa

Propone Artículo con la siguiente redacción:

Debe ser entendida como derecho de todas las personas a participar en la vida económica de la nación, es decir, como un derecho subjetivo que los poderes públicos tienen la obligación de respetar y también de promover, a fin que esta libertad sea efectiva y real. Empero, para que exista una efectiva libertad de empresa, se requiere que el Estado garantice el libre acceso al mercado.

 

Intervención excepcional del Estado

Propone Artículo con la siguiente redacción:

El Estado podrá intervenir en situaciones de carácter excepcional, coyuntural o temporal, ejerciendo funciones de suplencia, cuando o existe el mercado, o cuando éste se vea gravemente amenazado por su propia debilidad. En situaciones de emergencia económica, calamidad pública o por razones ecológicas, el Presidente de la República está facultado para dictar Decretos de Urgencia, siempre de duración transitoria, que deben guardar relación directa con las causas que los motivan.

 

Promoción del a libre competencia

Propone Artículo con la siguiente redacción:

El Estado debe promover la libre y leal competencia, tanto interna como externa, con el fin de garantizar a las personas mayores y mejores opciones. Asimismo, debe corregir las prácticas que la restringe y sancionar los abusos de las posiciones de dominio, evitando la sobre regulación de carácter objetivo tanto del Gobierno Central como de los gobiernos departamentales y municipales. El Estado puede establecer mecanismos de fiscalización de los procesos de concentraciones empresariales.

 

Derechos intelectuales

Propone Artículo con la siguiente redacción:

El Estado debe promover y proteger por diversos medios, la innovación y la creatividad en todas sus formas al igual que las manifestaciones y los resultados de la investigación científica y tecnológica, así como el reconocimiento de aquellos otros conocimientos trasmitidos de generación en generación que puedan tener incidencia en una mejora de la calidad de vida.

 

Servicios públicos

Propone Artículo con la siguiente redacción:

El Estado, mediante ley, determina qué actividades esenciales para la vida en sociedad pueden ser consideradas como servicios públicos. Asimismo, se encuentra obligado a supervisar su funcionamiento dentro de los marcos regulatorios correspondientes, alentando su gestión por la empresa privada y previendo la participación efectiva de las asociaciones de usuarios, con el objeto de garantizar que sean ofrecidos con oportunidad, calidad y transparencia.

 

Protección de los consumidores y usuarios

Propone Artículo con la siguiente redacción:

El Estado debe promover y proteger el interés de los consumidores y usuarios, exigiendo el cumplimiento de los derechos que la ley les otorga, en especial los vinculados a su seguridad, salud, educación e información oportuna y veraz, combatiendo cualquier clase de discriminación.

 

Derechos de propiedad

Propone Artículo con la siguiente redacción:

Debe reconocerse las distintas modalidades de propiedad, las que deberán usarse de conformidad con el interés social. La expropiación, previo pago de indemnización justipreciada, sólo será procedente por causas justificadas de necesidad pública o de interés social declaradas por ley. Esta declaración no podrá ser cuestionada.

 

Organismos reguladores

Los organismos reguladores deberán tener autonomía funcional y técnica y actuar dentro del marco jurídico correspondiente.