Aportes del Movimiento Hombre, Mujer, Creación Natural Verdaderos Valores Reales

 

 

ART  

CAPITULO / TEMA  

PROPUESTA  

001  

Inciso 2

Derecho a la Igualdad  

 

2. A la igualdad. Está prohibida toda forma de discriminación por motivo de origen, filiación, raza, sexo, características genéticas, idioma, religión, opinión, condición económica, discapacidad o de cualquier otra índole, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva, además adoptará medidas positivas a favor de grupos discriminados o marginados.