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ART
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CAPITULO / TEMA
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PROPUESTA
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PROPONENTE
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001
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Derechos de la Persona
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Incluir el Derecho a la legítima defensa.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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Inciso 3
Liberta de Conciencia
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- A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual
o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias.
No hay delito de opinión. El ejercicio publico de todas las profesiones
es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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Inciso 7
Derecho al Honor y a la Imagen
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- Al honor y a la buena reputación, así
como a la voz y a la imagen propia.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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Inciso 8
Derecho a la Intimidad
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- A la intimidad personal y familiar.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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Inciso 19
Derecho a la Participación
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- Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección,
de remoción o revocación de autoridades de iniciativa
legislativa y de referéndum.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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Inciso 22
Derecho de Petición
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Incluir:
- Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional
sólo pueden ejercer individualmente el derecho de petición.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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Inciso 24
Derecho a la Paz
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- A la paz, la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso,
así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo
de su vida.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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Inciso 25
I Prohibición de tortura y tratos degradantes
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Incluir al final del párrafo:
Quien la emplea incurre en responsabilidad.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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010
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Condiciones de ciudadanía y derecho al voto
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- Los ciudadanos tienen derecho a participar en los
asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa;
remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición
de cuentas . Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir
libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos
determinados por la ley orgánica.
Es derecho y deber de los vecinos participar en el
gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve
los mecanismos directos e indirectos de su participación.
Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su
capacidad civil.
El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio
hasta los setenta años. Es facultativo después de esa
edad.
Es nulo y punible todo acto que prohiba o limite al
ciudadano el ejercicio de sus derechos.
- Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional
en actividad no pueden elegir ni ser elegidos. No existen ni pueden
crearse otras inhabilitaciones.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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022
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Vida sexual y paternidad responsable
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- La policía nacional de población tiene por objeto difundir
y promover la paternidad y maternidad responsables. Reconoce el derecho
de las familias y de las personas a decidir, en tal sentido el número
de hijos a tener, el Estado asegura los programas de educación
y la información adecuados y el acceso a los medios de planificación
familiar, que no afecten la vida o la salud .
Es deber y derecho de los padres alimentar, educar
y dar seguridad a sus hijos. Los hijos tienen el deber de respetar y
asistir a sus padres.
Todos los hijos tienen iguales derechos y deberes.
Está prohibida toda mención sobre es estado civil de los
padres y sobre la naturaleza de la filiación en los registros
civiles y en cualquier otro documento de identidad.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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026
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Derecho a la educación
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- La educación tiene como finalidad el desarrollo integral de
la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza.
Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho
de escoger los centros de educación y de participar en el proceso
educativo.
La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje
y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica,
las artes, la educación física y el deporte. Prepara para
la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad.
Es deber del Estado promover el desarrollo científico
y tecnológico del país .
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Julio Anibal Risco Guzmán
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032
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Libertad de enseñanza
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- El sistema y Régimen Educativo es descentralizado administrativa
y económicamente, asumiendo tales funciones los Gobiernos Regionales;
la política educativa será dictada por el Gobierno Nacional
a través de Ley aprobada por Congreso de la República.
- Ello no impide que también el Estado promueva y fomente el
nivel superior de profesionalización final, Maestría y
Doctorado a través de la creación y mantenimiento de Universidades
de acuerdo a la realidad socio económico en cada Región.
Las tesis de Doctorado deberán ser alcanzadas a los órganos
legislativos para su conocimiento y ejecución de las recomendaciones
de tales investigaciones.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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035
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Educación pública
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- El sistema Educativo Peruano consta de cuatro niveles que son: Inicial,
Primaria, Secundaria y Superior; dentro del nivel superior existen cuatro
categóricas que son: de profesionalización Intermedia,
que se imparte a través de los Institutos y Escuelas Superiores.
De Profesionalización final, de Maestría y de Doctorado
que se imparten a través de las Universidades . Por la ley Regional
se establece los requisitos para la creación de tales Centros
educativos, Universidades así como las Normas Técnico
Pedagógicas, acorde con la política educativa nacional.
El sistema Educativo Peruano consta de cuatro niveles
que son: Inicial, Primaria, Secundaria y Superior.
Dentro del nivel superior existen cuatro categóricas
que son: de profesionalización Intermedia, que se imparte a través
de los Institutos y Escuelas Superiores. De Profesionalización
final, de Maestría y de Doctorado que se imparten a través
de las Universidades . Por la ley Regional se establece los requisitos
para la creación de tales Centros educativos, Universidades así
como las Normas Técnico Pedagógicas, acorde con la política
educativa nacional.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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047
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Derecho a una vida saludable
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- Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio
familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir
a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar
por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene
derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección,
atención readaptación y seguridad.
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Julio Aníbal Risco Guzmán
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051
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Derecho al Trabajo
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- El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención
prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al
menor de edad y al impedido que trabajan.
- El estado promueve condiciones para el progreso social y económico,
en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo
y de educación para el trabajo.
- Ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los
derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador .
- Nadie está obligado a prestar trabajo sin retribución
o sin su libre consentimiento .
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Julio Anibal Risco Guzmán
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053
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Jornada laboral y condiciones de trabajo
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- El estado reconoce el derecho de los trabajadores a participar en
las utilidades de la empresa y promueve otras formas de participación.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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056
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Remuneración mínima vital
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- El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y
suficiente, que procure, par él y su familia, el bienestar material
y espiritual.
El pago de la remuneración y de los beneficios
sociales del trabajador tiene prioridad sobre cualquier otra obligación
del empleador .
Las remuneraciones mínimas se regularán
por el Estado con participación de las organizaciones representativas
de los trabajadores y de los empleadores.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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059/060
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Libertad Sindical / Negociación Colectiva
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- El Estado reconoce los derechos de sindicalización, negociación
colectiva y huelga,. Cautela su ejercicio democrático:
- Garantiza la libertad sindical.
- Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución
pacífica de los conflictos laborales. La convención colectiva
tiene fuerza vinculante que se ejerza en el ámbito de lo concertado.
- Regula el derecho de huelga para que se ejerza en armonía con
el interés social. Señala sus excepciones y limitaciones.
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Julio Anibal Risco Guzmán
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