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257
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Mando de los gobiernos locales sobre la Policía
Nacional.
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Teniendo e cuenta que el mantenimiento del orden interno
es una responsabilidad y atribución del Presidente de la República
y de la Policía Nacional, el mismo no puede quedar subordinado
a al autoridad municipal de otro lado el servicio de seguridad ciudadana
se brinda con la cooperación (no subordinación) de la
Policía Nacional, quien tiene mayor disponibilidad y posibilidad
de organizar conducir dicho servicio . Igualmente la Policía
Nacional no podría depender orgánica y administrativamente
de dos instituciones distintas: El Ministerio del Interior y los Gobiernos
Locales.
Propone:
Artículo 257:
La ley determina los casos en que unidades y dependencias
especializadas de la Policía Nacional deben brindar apoyo a los
gobiernos locales en aspectos específicos de sus funciones, sin
contravenir las medidas de mantenimiento del orden interno y conservación
del orden público.
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